Te informamos sobre las particularidades en materia de plazo y duración que presentan los seguros médicos
A la hora de plantearse contratar un seguro de salud, los interesados generalmente piensan en tener una duración indefinida. La mayor parte de los clientes de seguros de vida asumen el pago de cuotas mensuales durante un año mínimo, en los que tendrá que avisar con cierta antelación si desea darse de baja. Sin embargo, no todos ellos tienen claro cómo funcionan los plazos del seguro y qué duración exacta tiene.
El contrato del seguro médico contiene información como la fecha de inicio de la cobertura sanitaria y la fecha de vencimiento del mismo. Una de las dudas más frecuentes es el periodo de carencia: se trata del tiempo que transcurre entre la alta de la póliza y la posibilidad de solicitar determinados servicios. En los seguros médicos, esto supone una garantía en las compañías aseguradoras por si existen personas que tienen pensado aprovecharse de la póliza.
¿Cuál es la duración mínima de un seguro de salud?
No existe legislación que regule la duración de un seguro médico. En la práctica, la duración mínima que establecen las aseguradoras suele rondar un año, es decir, doce meses. Al no existir ninguna normativa preestablecida, queda en manos de las compañías la decisión de marcar el límite temporal de sus pólizas médicas.
¿Existen los seguros médicos temporales?
Algunas aseguradoras han comprendido la tendencia del mercado actual, habituado a clientes que buscan servicios o soluciones puntuales. Los seguros temporales se encuentran muy arraigados en el sector de automóviles. El seguro por días es la fórmula ideal para transportes como los seguros de coche o seguros para moto. En el caso de las pólizas médicas, solo se suele aplicar a los seguros de viaje temporal, para tener cobertura en desplazamientos puntuales, para evitar demoras y minimizar las complicaciones derivadas en accidentes. En el caso de un seguro médico convencional, la duración suele ser de carácter anual.
¿Qué debo hacer si no quiero prorrogar mi seguro de salud?
En el caso de tener contratado un seguro de salud en el que no tengamos interés de prorrogar, debemos comunicarnos con la aseguradora y realizar un escrito en el que se manifieste expresamente nuestra voluntad de no prorrogar el contrato. En este caso, se deberá informar por lo menos con un mes de antelación a la conclusión del periodo en curso. En el caso del asegurador, la ley de contrato de seguros exige un plazo superior para oponerse a la prórroga, con un mínimo de dos meses para facilitar la contratación de un nuevo seguro a la persona que tenga contratada la póliza.
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